Rosanety Barrios

Seguridad de despacho y eficiencia económica

Seguridad de despacho y eficiencia económica: un binomio inseparable para el desarrollo eficiente del sector eléctrico– Por: Rosanety Barrios

El cambio constitucional en materia energética de 2013 deja asentado de manera puntual que, en materia eléctrica, la transmisión y distribución son actividades exclusivas del Estado. Dejando a la generación como una actividad sujeta a la competencia. 

Es así como el legislador estableció que cualquier interesado en desarrollar un proyecto de generación eléctrica podría hacerlo. Lo anterior, siempre que cumpliera con una serie de requisitos establecidos en un marco regulador muy amplio, teniendo como base legal a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

El nuevo modelo quedó conviviendo con el anterior, que ampara a un gran número de plantas de generación cuyos contratos se denominan “legados”. El régimen legal entre ambos universos tiene diferencias relevantes, pero no así su operación física. Esa está sujeta a las mismas condiciones que cualquier otra instalación de su tipo.

Ahora bien, para la operación diaria de las plantas eléctricas, la LIE estableció una regla fundamental. A través de ella atiende la seguridad del sistema y la forma en que cada planta debe ser despachada. Para ello, se construyó el término “Seguridad de Despacho”, que se define como las condiciones operativas en que la demanda eléctrica se puede atender habiendo una falla en el sistema.

Con dicha definición para seguridad de despacho, el artículo 101 de la misma ley establece puntualmente que el CENACE, para despachar diariamente a todas las plantas eléctricas, debía atender dos conceptos fundamentales: seguridad de despacho y eficiencia económica. 

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El legislador consideró que ambos elementos están al mismo nivel. Son inamovibles uno respecto del otro y deben ser observados todos los días por el CENACE, como operador del Sistema Eléctrico Nacional (SEN). La razón de este vínculo inamovible fue la protección de los usuarios. Es decir, usted, yo y todos los mexicanos, quienes, con estas previsiones, podríamos hacer nuestras vidas sabiendo que, siempre que encendamos un interruptor, recibiremos un servicio seguro; al mismo tiempo que el precio de la electricidad será el más eficiente.

Es importante considerar que esta decisión legislativa considera que un sistema siempre tendrá fallas y existen diversos medios para impedirlas o corregirlas. Bajo estos principios se desarrollaron unas muy extensas bases del mercado eléctrico y un código de red. Por lo tanto, el CENACE cuenta ya con elementos necesarios para mantener una operación segura y eficiente en el SEN.

La mala noticia es que este binomio quedó roto con la publicación, el pasado 15 de mayo, del Acuerdo por el que se emitió la Política de Confiabilidad, Seguridad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional. Dicho acuerdo, en su disposición número 7.1, establece lo siguiente: “La seguridad de despacho tiene prelación sobre la eficiencia económica”. De esta forma, termina con un criterio transparente, verificable y de certeza legal para el despacho del 100% de las plantas de generación del país, o casi todas. Parece que las del Estado no tienen ese riesgo. 

Lo que sigue, es una batalla legal que, lejos de abonar a la conformación de un proyecto de nación, lo complica. Ojalá pronto seamos todos, gobierno y gobernados, capaces de encontrar un diálogo que nos acerque y recuperemos el camino perdido.

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