Fluvio Ruiz

El péndulo regulatorio

Retos en el subsector de refinación

El pasado mes de diciembre de 2019, el órgano regulatorio de gobierno de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó un acuerdo para dejar “sin efectos el acuerdo A/057/2018, por el que la Comisión Reguladora de Energía modifica a Pemex Transformación Industrial la metodología para determinar los precios de venta de primera mano y en las terminales de almacenamiento; y toda aquella regulación que se contraponga” al mismo. 

Esta resolución significa un golpe regulatorio severo a la norma asimétrica de Pemex Transformación Industrial; nos recuerda los giros que ha tenido la implementación de la Reforma Energética en este rubro.

Podemos distinguir varias etapas de este sinuoso camino. El incumplimiento del mandato de la Ley de Hidrocarburos para que, a partir de 2015; los precios de los combustibles reflejaran los costos de logística en que incurría Pemex; el adelanto de la fecha para permitir la libre importación de gasolinas realizado a toda velocidad por la Sener y la Cofece (sin explicar por qué las condiciones del mercado permitían hacerlo). La abrogación subrepticia del artículo décimo cuarto transitorio de la Ley de Hidrocarburos (subsumida en la discusión del paquete económico para el ejercicio fiscal 2017); para forzar el inicio de un anhelado libre mercado de combustibles. La introducción del mecanismo fiscal de control de los precios al consumidor para mitigar el descontento social provocado con la medida anterior; el muy limitado éxito de las temporadas abiertas de Pemex Logística; y todas las facilidades otorgadas a los importadores para mitigar los efectos colaterales de la estrategia de combate al robo de combustibles.

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Una de las razones de esta suerte de febrilidad institucional, se origina en la ambigüedad de la Reforma Energética con respecto al papel de Pemex en el diseño sectorial resultante de la misma. En la Ley de Hidrocarburos, por un lado, el artículo 42 le da trato de actor privado preponderante a Petróleos Mexicanos; al conferirle a la Secretaría de Energía la facultad de instruirle a que realice “las acciones necesarias para garantizar que sus actividades y operaciones no obstaculicen la competencia y el desarrollo eficiente de los mercados; así como la política pública en materia energética”.

Por otro lado, conforme al artículo 122; la misma Sener puede instruir a Pemex para que lleve “a cabo aquellos proyectos que considere necesarios para la generación de beneficios sociales y como mecanismos de promoción de desarrollo económico”; tal y como si continuara siendo un organismo público descentralizado.

Además, la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética establece que los actos y resoluciones de estos entes “se emitan de conformidad con las políticas públicas del Ejecutivo Federal”. Dado que el actual gobierno busca darle mayor peso al papel del Estado, y de Pemex mismo, en el sector; no es de sorprender que se provoquen fricciones con la dinámica sectorial heredada de la administración anterior. Lo que llama la atención es que, teniendo la mayoría legislativa para hacerlo, el gobierno no haya realizado los cambios legales necesarios para hacer coherente la orientación y objetivos de sus políticas públicas; con el diseño institucional, el marco jurídico, las medidas regulatorias y sus instrumentos derivados. Esta omisión deja abierta la puerta a controversias legales y genera una incertidumbre que no es benéfica para nadie.

Por: Fluvio Ruiz Alarcón

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