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¿Porqué Pemex fue designado operador en ZAMA?

Peme se queda con operación yacimiento Zama

De acuerdo a diferentes modelos de unificaciones en el mundo, podría decir que hay cuatro factores para determinar quién debe ser el operador de una área, como lo es Pemex.

La unificación, refiere a dos áreas que están compartidas entre dos empresas.

Deberá surgir,  por así decirlo un nuevo consorcio. Que unirá recursos, información, planes y todo lo que conlleve para la extracción de los hidrocarburos.

Factores a considerar
  1. Porcentaje del Yacimiento : Establecido por un tercero, y que evalúa con la información disponible el porcentaje de cada parte.
  2. Inversiones: Refiere a cada parte, al tipo de actividad realizada entre perforación, sísmica, infraestructura, toma de información del yacimiento, y en su conjunto toda la actividad para determinar el potencial del área de cada uno.
  3. Infraestructura: Evaluara a el tipo de infraestructura realizada o utilizada para la movilidad, transporte y logística de los hidrocarburos.
  4. Planes: Información del cómo, con qué y cuándo realizara la explotación del yacimiento en las diferentes fases, desde la exploración, desarrollo y mantenimiento del campo.
Matriz con base a los cuatro puntos anteriores, aplicado al caso.

Indicaría que el consorcio que Talos representa, debería ser el que fuera nombrado el operador al haber realizado la inversión.

Decisión de Sener, cómo se dió

Fue de acuerdo con los lineamientos vigentes desde el 2018, y específicamente en el artículo 27.

Indica que puede contratar a un tercero, y que será pagado por las partes que pretenden realizar la unificación.

El tercero determino que el yacimiento, y de acuerdo al información proporcionada por ambas parte que :

PEMEX                                                                      50.43%

Contratista (Talos, Sierra (Winstershall DEA), Premier) 49.57%

Nota: Talos es el operador del contratista del área 07, y funge por asi decir como el representante legal.

La decisión de dar la facultad de operador a Pemex fue basada en un principio observado en el libro “Unitizing oil and gas fields around the world: a comparative analysis of national laws and private contracts.

En la página 83 “Determination of Unit Interests”, la cual especifica la forma de como quedan los porcentajes en función que cada parte tiene.

Es importante dejar claro que sólo se unificará una parte del área de uno de los que participan en la unificación del bloque 07 y asignación AE-152, no es toda el área.

Nuevo consorcio

La unificación resultante, creara un nuevo consorcio en donde se determina los porcentajes con base al total que conforman en su totalidad.

También puedes leer: Pemex entregará informe de incendio: ASEA

Al realizar el nuevo consorcio derivado de la unificación, la SENER determino que Pemex seria el OPERADOR, como se observa en la tabla siguiente, y en función real que le corresponde a según su participación en cada contrato,  y con relación al porcentaje del tercero asignado a el yacimiento.

En la tabla indica, quien tendría mayor participación seria PEMEX, Después Sierra (Winstershall DEA) , Talos y Premier.

Pero Sierra al ser financiero, dentro de su contrato deja la protesta de coordinar con PEMEX a Talos, el desarrollo del campo.

La decisión tomada fue solo en función del % del yacimiento del resultado de una opinión de un tercero.

Y no fue considerado la inversión, planes de desarrollo del campo, así como de infraestructura a mediano y largo plazo para la comercialización del área unificada.

Supongamos ahora considerando la decisión de SENER, en un caso hipotético a donde hubiera un consorcio:

Talos no seria el operador, pero recordando que solo toma en cuenta una variable de las 4 que podrían considerarse.

Para que TALOS sea el operador, el otro operador debería estar por debajo del 35% en su participación del consorcio; o TALOS aumentar su participación dentro de la que tiene actualmente.

Consideraciones que deberán tener
  1. Unificación crea un nuevo consorcio, y la cual une los recursos técnicos, financieros y operativos.
  2. La decisiones para seleccionar el operador, son en función determinar de cada parte : el porcentaje del yacimiento, inversiones, infraestructura y planes.
  3. Normalmente quien opera (y si no opera, tiene un gran peso en la toma de decisiones), es quien tiene el mayor % de participación de bloque unificado desde el punto de vista financiero y % del yacimiento, como factores preponderantes.
  4. PEMEX y el contratista (Consorcio de Talos, Sierra (Winstershall DEA), y Premier) por medio de su representan operativo, deberán coordinar los planes para el desarrollo del área unificada. Aclarando que solo refiere esta unificación a un sector del Bloque 7 y de la asignación AE-152.
  5. No todas las decisiones podrán ser tomadas por el operador, y deberán ser consensadas. En el caso no haber acuerdos, y demostrando la necesidad de cambio de operador, podría aplicar los artículos 34 y 36 de los lineamientos actuales.
  6. PEMEX deberá encontrar los mecanismos para que incorpore, en el equipo multidisciplinario de desarrollo a los especialistas de Talos, Sierra (Wintershall) y Premier. Que hagan que el proyecto se ejecute con excelencia. El contratista no ha perdido derechos del Bloque 07, solo hay un acuerdo del área de unificación que corresponde a una aparte de este.
  7. Debe ver en común acuerdo una vez firmado la unificación, a donde PEMEX invierta la misma cantidad que ha realizado el contratista (consorcios Talos, Sierra (Wintershall DEA) y Premier) para tener equilibrio en el riesgo financiero actual ya realizado por este último. Podría ser al perforar pozos, realizar estudios del yacimiento de lado de PEMEX o inversiones en infraestructura o logística, en base a que el contratista ha perforado pozos, y tiene adelantado en esa área la forma de desarrollar la comercialización de los hidrocarburos.
Soporte de la unificación

 A las áreas de Uchukil a PEMEX, asignaron recursos a partir del 2018 a las 8 áreas a donde está la AE-0152.

Estos valores provienen del presupuesto asignado en forma anual y que está en la página de la SHCP en presupuesto de egresos de la federación, en programas presupuestarios con programas y proyectos de inversión del 2017 a 2021 revisados.

  • 2021 14 Mil millones de pesos.
  • 2020 11 MM
  • 2019 10 MM
  • 2018 3 MM
Pozos perforados
  • Talos invirtió desde el 2015, y perforo 3 pozos de 2017 a 2019.
  • PEMEX Perforo en 2020 a 2021, 1 solo pozo pero fuera del área de Unificación.

En estas áreas actualmente de acuerdo con la imagen anterior no hay ductos, o infraestructura. Todo debe ser movido por un barco FSU o construir nuevos ductos. Quien pondrá el dinero.

Definiciones para considerar
  • Operador: El Asignatario o Contratista que forma parte del Acuerdo de Unificación o de la Resolución de Unificación. Aprobado por la Comisión para llevar a cabo las Actividades Petroleras en el Área Unificada en nombre y representación de las partes.
  • Porcentaje de Participación: Es la porción indivisa de cada parte del Acuerdo de Unificación o Resolución de Unificación en los derechos, intereses, costos, obligaciones y responsabilidades que se deriven del mismo.
  • Unificación: La instrucción emitida por la Secretaría a los Asignatarios y/o Contratistas, previo dictamen de la Comisión. Una vez determinada la existencia de un Yacimiento Compartido en sus Áreas de Asignación o Áreas Contractuales.
  • Operaciones Unificadas: Las Actividades Petroleras que se llevan a cabo conforme a un Acuerdo de Unificación o Resolución de Unificación. Ejecutadas por un Operador en representación de todas las partes que tengan derecho a llevar a cabo dichas actividades en el Área Unificada.
Información para hacer una unificación
  • Las características generales del Yacimiento Compartido
  • Registros geofísicos y de sísmica;
  • El análisis técnico que sustente la existencia de un Yacimiento Compartido
  • La propuesta de trabajo para las Actividades Petroleras

Talos ha invertido del 2015 a 2021 72 millones de dólares.

La Comisión el 5 de septiembre de 2019, el Operador notificó la renuncia y devolución del cincuenta por ciento (50%) del Área Contractual (Renuncia)

TALOS dentro de los lineamientos que establecen el procedimiento para instruir la unificación de yacimientos compartidos; y aprobar los términos y condiciones del acuerdo de unificación, puede hacer lo siguiente:

Artículo 34. Los Asignatarios y/o Contratistas conjuntamente podrán someter a aprobación de la Secretaría propuestas de modificación al Acuerdo de Unificación del que sean parte; o a la Resolución de Unificación que los obligue, adjuntando los estudios y demás información que sustenten dichos supuestos.

Artículo 36. Los Asignatarios y/o Contratistas podrán solicitar por escrito a la Comisión el cambio de Operador, así como el Operador podrá renunciar a dicha condición, previa aprobación de la Comisión; en términos de la normatividad aplicable. Durante este periodo el Operador deberá asegurar la continuidad operativa y la transición ordenada, segura y eficiente del Yacimiento Compartido.

Áreas en cuestión

18 de Septiembre realizaron una evaluación inicial, denominada acuerdo preliminar de unificación. Estaban las empresas de la siguiente forma:

 

Talos ha perforado 3 pozos Dos delimitadores, y que ayudan a saber el tamaño del yacimiento, y uno de sonde de información para determinar la columna geológica.

Pemex perforo un solo pozo, tipo exploratorio.

Solo sería revisar, y saber quién tenía la mayoría de información para que fuera el operador, el cual representa a ambas empresas frente a la CNH.

Por: Ramsés Pech

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