El Primer Tribunal Colegiado Especializado en Competencia Económica dio este jueves un espaldarazo a la reforma de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
Los tribunales resolvieron que no proceden las suspensiones de jueces contra la reforma eléctrica, por lo que podrá entrar en vigor. La reforma había sido suspendida totalmente en marzo por dos jueces federales.
De acuerdo con reportes de prensa, el Primer Tribunal resolvió por dos votos contra uno, que no proceden por ahora las suspensiones definitivas contra la LIE.
La Ley de la Industria Eléctrica, publicada el 9 de marzo, busca dar preferencia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre empresas generadoras privadas.
Hace dos semanas, el Segundo Tribunal Colegiado de la misma especialidad también revocó, por unanimidad, la suspensión definitiva concedida por el juez Juan Pablo Gómez Fierro. Y aunque en días pasados el mismo tribunal había ordenado la revocación de otras dos suspensiones; los últimos movimientos del poder judicial no fueron suficientes para cambiar el estatus de la reforma del presidente López Obrador.
Ahora, con la revocación de los dos tribunales especializados, la Ley de la Industria Eléctrica nuevamente tiene luz verde; sin embargo, se esperan nuevos amparos, por lo que no es tan fácil que la reforma entre inmediatamente en vigor.
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Los magistrados Eugenio Reyes y Gildardo Galinzoga resolvieron que la reforma eléctrica no causa por ahora perjuicio a los productores privados, porque el artículo tercero transitorio prevé un plazo de 180 días para ajustar todas las normas del sector.
“La Secretaría de Energía (Sener), la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace), dentro del ámbito de su competencia; dispondrán de un plazo máximo de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto; para realizar las modificaciones que sean necesarias a todos los acuerdos, resoluciones, lineamientos, políticas, criterios, manuales y demás instrumentos regulatorios”, se establece en el transitorio.
Reyes explicó que las empresas solo podrán solicitar suspensiones cuando ya existan estas normas, o cuando las autoridades les inicien algún procedimiento de revisión, renegociación o revocación de sus permisos.
López Obrador anunció el lunes que presentará una iniciativa de reforma Constitucional, pero con la revocación de las suspensiones, ese cambio podría no ser necesario; aunque es previsible que surgirán nuevos amparos contra actos concretos de la CRE, la Sener y el Cenace.