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CNH emite opinión técnica sobre modificar la Asignación A-0308-2M-Campo Sihil

Tecnología de perforación con casing para asentamiento de conductores en pozos marinos

La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) emitió una opinión técnica a la Secretaría de Energía respecto de la modificación del Anexo 1 de la Asignación A-0308-2M-Campo Sihil.

 

Durante la 6ª sesión ordinaria del órgano regulador, la CNH emitió opinión técnica respecto a lo siguiente:

 

  1. i) Ceder una porción de área de 50.6 km2 de la Asignación A-0308-2M-Campo Sihil a la Asignación exploratoria AE-0166-M-Campeche Oriente. La cual se ubicará a la profundidad del Jurásico Superior Kimmeridgiano (JSK).

 

  1. ii) Ceder una porción de área de 2.4 km2 de la Asignación exploratoria AE-0166-M-Campeche Oriente a la Asignación A0308-2M-Campo Sihil.

 

iii) Informar si dichas modificaciones impactan en el Plan de Desarrollo de la Asignación A-0308-2M-Campo Sihil. Y en su caso, del Plan de Exploración de la Asignación AE-0166-M-Campeche Oriente.

 

El análisis realizado por la CNH concluyó que la propuesta de Modificación al Anexo 1 del Título de la Asignación A-0308-2M-Campo Sihil resulta técnicamente viable, considerando lo siguiente:

 

i)La reserva identificada por el Asignatario queda contenida dentro de la propuesta de modificación de la Asignación A0308-2M-Campo Sihil, sin un impacto en el Plan de Desarrollo para la Extracción vigente.

 

  1. ii) No existe impacto en el Plan de Exploración de la Asignación AE0166-M-Campeche Oriente. Se trata una Asignación de Extracción, con una superficie de 62.6 km², localizada a 80 Km al noreste de Ciudad del Carmen, Campeche.

 

Actualmente tiene 34 pozos perforados, de los cuales 19 están funcionando. La asignación es productora de aceite negro EM 18°API, en la Formación Eoceno Medio, de 21°API en el Jurásico Superior Kimerigdiano (JSK) y de 22°API Kimerigdiano superior (KS)

 

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Por otra parte, el órgano regulador, autorizó la conformación de Grupos de Trabajo en la Comisión Nacional de Hidrocarburos.

 

Lo anterior, derivado de la necesidad de que diversos proyectos específicos y asuntos especiales requieren la concurrencia de más de una unidad administrativa. La cual, busca agilizar y perfeccionar la ejecución de los proyectos y asuntos especiales que así se consideren.

 

El acuerdo establece determinar la materia y objeto, los coordinadores y la lista de integrantes de cada grupo de trabajo. Los siguientes pasos son: su publicación en el Registro Público de la CNH y la emisión de las Directrices de Operación.

 

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