Oil & Gas

Contrarreforma petrolera pasa sin cambios

Morena dispuesto a modificar reforma eléctrica

Finalmente y como se esperaba, la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados entregó ayer prácticamente sin cambios la contrarreforma petrolera del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Esta contrarreforma busca suspender o cancelar permisos a privados en la cadena de producción o distribución de hidrocarburos.

El argumento se sustenta en supuestos riesgos a la seguridad nacional, seguridad energética o para la economía nacional.

Así, la noche de ayer miércoles 7 de abril los integrantes de la Comisión de Energía de San Lázaro recibieron el dictamen, idéntico a la iniciativa presentada el pasado 26 de marzo por el titular del ejecutivo.

Lo anterior no obstante los riesgos que alertaron expertos en la materia en el sentido de que esta reforma tiene vicios de inconstitucionalidad.

Además, viola tratados internacionales -como el T-MEC y el NAFTA-, y con las intervenciones temporales podría haber expropiaciones indirectas.

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La Comisión de Energía decidió citar a sesión ordinaria el próximo miércoles 14 de abril a las 11 de la mañana para debatir este dictamen.

En caso de que sea aprobado, esa misma tarde sería avalado en el pleno y enviado al Senado de la República.

Contrarreforma original

Fue el 26 de marzo de este año cuando el titular del Ejecutivo envió su contrarreforma energética.

Con ella, pretende otorgar facultades a las autoridades del sector.

Escudándose en el argumento de seguridad nacional, seguridad energética o para la economía nacional, suspendan cualquier permiso otorgado.

Sobre todo, a los particulares que participan en la cadena de producción, procesamiento, transporte, almacenamiento, comercialización.

También expendio al público y exportación e importación de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.

Con este documento, pretende modificar los artículos 51, 53 56, 57, 59 y 86 de la Ley de Hidrocarburos.

También, sugiere que todas estas actividades, sujetas a los permisos que otorgue la Secretaría de Energía y la Comisión Reguladora de Energía.

Sean susceptibles de suspensión en caso de “peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional”.

Y estas suspensiones tendrán la duración que la autoridad determine, y podrán ser temporales o definitivas; y en caso de reincidencias, además de las sanciones aplicables, se revocará el permiso respectivo.

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