La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) votó a favor de las modificaciones de título de la Asignación AE-0045-6M-Agua Dulce-04, AE-0053-4M-Mezcalapa-03; AE-0138-Cuichaoa y AE-0143-Colmalcalco pertenecientes a Pemex.
Durante la reciente sesión extraordinaria del órgano regulador, la CNH determinó que es viable la incorporación de las áreas AE-0053, AE-0138 y AE-0143 a la Asignación AE-0045. Con la modificación, el operador contempla desarrollar las formaciones asociadas al descubrimiento de Quesqui.
En la asignación AE-0045-6M-Agua Dulce-04: Las modificaciones propuestas agregarían 59,356 km² e integraría las profundidades Cretácico Inferior; Jurásico Superior Titoniano y Jurásico Superior Kimmeridgiano a esta Asignación. La incorporación permitirá al Asignatario desarrollar de manera conjunta todas las formaciones geológicas que considera el Descubrimiento asociado al Campo Quesqui.
Por otro lado, la CNH advirtió que una vez que se determine aprobar el Plan de Desarrollo que involucre al campo Quesqui; se deberá modificar el Anexo 2 Compromiso Mínimo de Trabajo y el Anexo 3 Recomendaciones.
En tanto, para la asignación AE-0053-4M-Mezcalapa-03, la CNH consideró técnicamente factible que el área correspondiente a la Asignación se integre a la Asignación AE0045-6M-Agua Dulce-04.
En la misma línea, en las Asignaciones AE-0045-6M-Agua Dulce-04 y AE-0053-4MMezcalapa-03, la CNH anotó que el único Plan o Programa de Extracción aprobado es el Programa de Transición asociado al campo Quesqui.
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A su vez, respecto de la reducción de las áreas, que en su caso se incorporarán a las Asignaciones AE-0045-6M-Agua Dulce-04 o AE-0143-COMALCALCO; se recomendó evaluar la posibilidad de no llevar a cabo el procedimiento establecido en el Término y condición Séptimo del Título de Asignación.
De manera similar, para las asignaciones AE-0138-Cuichaoa y AE-0143-Colmalcalco, se consideró que las modificaciones propuestas no tienen impacto en los Planes de Exploración vigentes. Finalmente, se recomendó no llevar a cabo el procedimiento establecido en el término y Condición Séptimo de los títulos de asignación referentes a la reducción de área los que Pemex renuncia.