La Comisión Federal de Electricidad (CFE) informó que, en alineación con la reforma constitucional al artículo 127, fracción IV, se aplicará un nuevo criterio interpretativo establecido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Esta medida determina que ninguna pensión del personal jubilado de confianza de las Empresas Públicas del Estado podrá exceder los ingresos mensuales percibidos por el titular del Ejecutivo Federal.
A través de un comunicado interno, la empresa productiva del Estado detalló que aquellas pensiones vigentes que actualmente superen dicho límite constitucional serán ajustadas de manera inmediata para homologarse con el tabulador presidencial. En contraste, la CFE aclaró que las remuneraciones por jubilación de los excolaboradores que se ubiquen por debajo de este techo económico no sufrirán modificación alguna, manteniéndose en los términos previamente pactados.
Calendario de aplicación y retroactividad
La Dirección Corporativa de Administración de la CFE estipuló que el ajuste al tope pensionario comenzará a reflejarse formalmente a partir de la segunda catorcena del mes de junio de 2026. La implementación administrativa busca dar cumplimiento estricto al marco constitucional que regula las remuneraciones y prestaciones de los servidores públicos y de las entidades del sector energético nacional.
Adicionalmente, la comisión informó que el pago diferencial correspondiente a los periodos previos en los que se deba recalcular la pensión conforme al ordenamiento constitucional se dispersará en una sola exhibición durante el mes de julio de 2026. Con esta disposición, la CFE consolida los criterios de austeridad republicana dictados por el marco legal vigente, reconfigurando los compromisos contractuales de confianza bajo las directrices de la Consejería Jurídica.
Te puede interesar: CFE reporta 271 proyectos estratégicos para fortalecer la Red Nacional de Transmisión
