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El papel de la ASEA: Fluvio Ruíz

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El papel de la ASEA. Por Fluvio Ruíz Alarcón

En diversas instalaciones de Pemex se registró una sucesión de accidentes; que culminó con el incendio en la plataforma E-Ku A2, ubicada en el complejo productor de Ku-Maloob-Zap. Este accidente, ocurrido el 23 de agosto, afectó la operación de 125 pozos y disminuyó la producción en 421 mil barriles diarios: casi una cuarta parte de la producción total de Pemex. La producción se restableció ocho días después.

Amén de las insuficiencias presupuestales para mantenimiento, el origen de esta problemática, se puede encontrar en un diseño institucional inadecuado. En efecto, mientras que en la reforma energética de 2013 y 2014, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), fueron definidos como órganos descentralizados y autónomos del Estado; a la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), responsable de regular a la industria petrolera en materia de seguridad industrial y protección ambiental, se le caracterizó como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

En consecuencia, mientras que la CRE y la CNH son dirigidas por sendos órganos de gobierno compuestos por siete comisionados, escogidos por mayoría calificada del Senado, de entre las ternas respectivas enviadas por el Presidente de la República; la ASEA es encabezada por un Director General, nombrado directamente por el Jefe del Ejecutivo Federal a propuesta del titular de la Semarnat.

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Además de su falta de autonomía, a la ASEA se le encomendó también la responsabilidad de supervisar a las casi 13,000 gasolineras existentes en México; tarea que antes recaía en las instancias ambientales de cada una de las 32 entidades federativas del país. Esta responsabilidad, desnaturaliza el origen y el objetivo de un organismo que, en principio, nació para que justamente la regulación en materia ambiental y de seguridad industria; fuera tan relevante como la relacionada con la de la actividad petrolera y de transformación industrial, propiamente hablando.

La fragilidad de la ASEA frente a los actores del sector hidrocarburos, ha implicado que prevalezca de facto una cierta autorregulación de dichos actores. Esto es particularmente claro en relación con Pemex, cuyo volumen de extracción, hoy por hoy, representa poco menos del 99% del total del petróleo crudo producido en México. La importancia de la producción de la empresa estatal, es un factor que debilita aún más la capacidad regulatoria y sancionadora de la ASEA. Una muestra de esto último es que, tras el accidente del 2 de julio en el ducto marino de la Sonda de Campeche, el Director de la ASEA declaró públicamente que Pemex no tenía responsabilidad; cuando la petrolera no había siquiera informado del siniestro y no se había realizado ningún peritaje.

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Mientras la seguridad industrial y la protección ambiental estén, en términos políticos, institucionales y administrativos, supeditadas a las metas de producción; seguirán siendo muy altos los riesgos operativos. No habrá una solución de fondo ante los riesgos inherentes de la industria, mientras no haya una revisión integral del diseño institucional del sector y de la organización corporativa de nuestra empresa petrolera en la materia. Tampoco la habrá sin coherencia de conjunto de las políticas públicas que concurren en el sector petrolero. Este puede ser un buen momento para revisar esta parte de la arquitectura institucional surgida de la reforma energética.

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