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Tonalli Energía cede control de bloque terrestre a Jaguar E&P

Tonalli Energía cede control de bloque terrestre a Jaguar E&P

La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) aprobó a Tonalli Energía ceder el control corporativo y de gestión del campo Tecolutla a favor de Jaguar Exploración y Producción de Hidrocarburos.

Durante la reciente sesión extraordinaria de la CNH, el órgano regulador describió que el campo forma parte del contrato CNH-R01-L03- A24/2016.

El área contractual terrestre, que tiene una superficie de 7.16 km², se ubica en el municipio de Tecolutla, Veracruz. Se trata de un contrato en la modalidad de Licencia y actualmente cuenta con un programa de transición.

El tipo de fluido es aceite negro de 20-28 °API. Actualmente cuenta con nueve pozos (dos de ellos operando, dos cerrados con posibilidades y cinco taponados).

De acuerdo con CNH, la cesión se efectuó con fundamento en los lineamientos que conforman los requisitos y el procedimiento para celebrar alianzas o asociaciones.

Adicionalmente, la resolución adoptada será notificada a Tonalli Energía y a la Secretaría de Energía. Igualmente, será inscrita en el Registro Público de la CNH.

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En la misma sesión, la CNH instruyó la suscripción del Cuarto Convenio Modificatorio del Contrato CNH-R02-L03-CS-01/2017, en modalidad de licencia.

La CNH aprobó la suscripción en virtud del cambio de denominación del Contratista, de Vista Oil & Gas Holding I a Vista Energy Holding II.

De acuerdo con la CNH, la instrucción se efectuó a partir de un análisis que determinó que la modificación no implica la creación o sustitución de una persona moral. Igualmente, tampoco disminuyen o cambian las obligaciones contraídas como Contratista.

Adicionalmente, el Órgano Regulador consideró viable la Modificación. Lo anterior porque se cumplió con el marco contractual y legal para llevar a cabo la suscripción de un convenio modificatorio.

Finalmente, el siguiente paso en este tema será notificar la Resolución a Vista Energy Holding II, S.A. de C.V. Igualmente, a las autoridades competentes (FMP, SAT, ASEA, SHCP, SENER y SE), e inscribirla en el Registro Público de la Comisión.

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