La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) aprobó a Iberoamericana de Hidrocarburos CQ, Exploración & Producción de México la renuncia de una parte del área contenida en el contrato CNH-R02-L02-A1.BG/2017
Durante la reciente sesión ordinaria del órgano regulador, la CNH acordó dar por concluido el procedimiento de terminación anticipada a una parte del área contractual. Este proceso inició 25 de junio de 2019 con la notificación del Operador a la CNH.
De acuerdo con la CNH, el motivo de la renuncia obedeció a que operador evaluó que el área terrestre no representó utilidad para la compañía. Era un contrato en la modalidad de Licencia.
El 24 de julio de 2019, la CNH aprobó la Resolución CNH.E.43.003/19 por la que se inició e instruyó la tramitación del Procedimiento de Terminación Anticipada (PTA) del Contrato respecto a una parte del área contractual.
De ese entonces, la CNH, por conducto de Unidad de Administración Técnica de Asignaciones y Contratos (UATAC) llevó a cabo la revisión del cumplimiento. Igualmente, de las obligaciones contractuales y de las demás obligaciones subsistentes de la terminación anticipada, por parte del Contratista.
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El 6 de julio de 2022, la UATAC envió a la Unidad Jurídica (UJ) el Informe la Etapa de Transición Final (ETF). En virtud de lo anterior, el órgano de Gobierno resolvió: Concluir el Procedimiento de Terminación Anticipada del Contrato respecto a la parte del Área Contractual objeto de Renuncia; suscribir el Acta Entrega-Recepción del Área Contractual con el Contratista y realizar la devolución del Área Contractual, a través de la UATAC, a la SENER.
Igualmente, instruir la suscripción del Primer Convenio Modificatorio del Contrato, con la finalidad de hacer constar la nueva delimitación del Área Contractual.
Adicionalmente, notificar la Resolución al Contratista, e Inscribir la Resolución en el Registro Público de la Comisión. La fecha de terminación de la Etapa de Transición Final del Contrato relativa a la parte objeto de la Renuncia será una vez que dicha área sea devuelta por el Contratista.