La Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) aprobó a Eni México el inicio del procedimiento de terminación anticipada por devolución de la totalidad de un área contractual.
Durante la reciente sesión ordinaria de la CNH, el órgano regulador describió que el área contractual está asociada al Contrato CNH-R02-L01-A14.CS/2017.
Una vez concluido el Primer Periodo Adicional de Exploración (PPAE), el 11 de octubre del año en curso, Eni México, S. de R.L. de C.V., notificó a la Comisión la Devolución de la totalidad del Área Contractual con fundamento en la cláusula 7.1 (d) contractual.
“Si al Contratista no se le concedió el Segundo Periodo Adicional de Exploración, deberá devolver el cien por ciento (100%) del Área Contractual. Que no esté en un Programa de Evaluación o en un Plan de Desarrollo aprobado por la CNH”, señala la cláusula.
Así como en lo dispuesto en los artículos 26, 29, 31 y 37 de los Lineamientos de Abandono, Renuncia y Devolución.
Con base en lo señalado en el párrafo anterior, el Órgano Regulador resolvió:
- Instruir el inicio del Procedimiento de Terminación Anticipada por Devolución de la totalidad del Área Contractual del Contrato CNH-R02-L01-A14.CS/2017.
- Instruir a las Unidades Administrativas de la Comisión tramitar el Procedimiento de Terminación Anticipada.
El Área Contractual en aguas someras, asociada al Contrato, en la modalidad de Producción Compartida, CNH-R02-L01-A14.CS/2017, actualmente tiene una extensión de 228.82 km². Se localiza frente a la costa de Tabasco.
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